Sin meternos en mas profuncidades, os diremos, sin alegar grandes normativas que los mismos Recursos Humanos lo conocen y los sindicatos tambien y en exclusiva CSIF, que en su momentose lo planteamos y le dimos toda la información, no han hecho nada de nada. Para vosotros, que por miedo o desconocimientos os callais y aceptais todo lo que la empresa Correos os dice, tampoco muchos de estos mandados sindicalistas no saben por donde se andan, ahora bien como os he dicho mucha culpa tienen los sindicatos, en concreto no pueden alegar desconocimiento porque cualquier manual, te dicta como obrar legalmente en estas circustancias y no han hecho nada, os engañan como a chinos, y no os solucionan los problemas que en este caso es lo mas facil, pero ni siquiera se molestan por que "eso, eso, eso," es trabajar, y esto, esta en contra de al parecer de su cometido, que es descansar para estar cansados de tanto descansar.
Los trabajadores FIJOS DISCONTINUOS, son trabrajadores fijos de la empresa, es decir son trabajadores de la empresa que OBLIGATORIAMENTE, tienen el derecho y el deber de trabajar durante el periodo marcado en las normas de la empresa y en sus contratos, es decir en el caso de la empresa Correos, los trabajadores fijos han de trabajar obligatoriamente en el periodo de VERANO, y NAVIDADES, que es como digo lo estipulado contractualemte y recogido en las normas empresariales de Correos, de tal forma que si a estos trabajadores no se les realiza el contrato de trabajo en estos periodos es considerado "DESPIDO IMPROCEDENTE". lo que conlleva el pago de las indemnizaciones correspondientes y la admision en la empresa, por imcumplimiento contractual por parte de Correos.
Trabajadores eventuales, nos estamos refiriendo a las celebres listas de sustituciones, tanto de carteros rurales, como de Salamanca, en moto o a pie da los mismo que me da igual, han de ser llamados por orden de numero que le corresponde , de tal manera que se le llamara por segunda vez a trabajar, una vez que todos los trabajadores de la lista hayan sido llamados a trabajar, cosa que normalmente no ocurre asi por varias circustancias que vamos a enumerar y que a mi parecer son bastante graves :
1º El llamamiento al trabajo ha de ser de acuerdo con el orden de la lista y a de emplearse los medios de comunicacion dispuestos por la ley de Procedimiento Administrativo es decir, realizar un llamamineto en el que se pueda demostrar, que efectivamente el trabajador ha sido llamado de modo eficiente, por lo tanto solo es valido para esa llamada el Burofax, carta certificada , telegrama u otro medio por el que se pueda demostrar que ha recibido la comnicación, lo que no vale de ningun modo es el teléfono.
2º El orden de la lista es sagrado, ni un jefe de ofocina se la puede saltar con expresiones tales de a ese no me lo mandes que no lo quiero, o bien que retrasen las baja de un trabajador de un para que le toque a fulano o mengano, y lo mas grave que RR.HH entre en el juego y no haga nada por conservar la legalidad.
3º Insistimos que el orden de la lista es esencial, y básico que hay que cumplir , asi se evitara que familiares de sindicalistas y compañias acedan a un trabajo que no les corresponden y como siempre sindicatos y RR.HH callan y otorgan, y la ilegalidad de convierte en legalidad.
Normalmente los trabajadores fijos-discontinuos, tambien estan inscritos en la lista de eventuales, con lo cual, tambien pueden ser trabajadores eventuales, fuera del tiempo marcado para trabajar como fijos discontinuos, y ha de ser llamados por orden de lista es decir aunque la duración del contrato sobrepase en el tiempo el marcado para que pueda empezar a trabajar como fijo discontinuo, matizando la explicacion y siguiendo la normativa propia de Correos, quiere decir que un trabajador FIJO-DISCONTINUO., puede trabajar en un contrato de larga duración como EVENTUAL, hasta que sea contratado como trabajador FIJO DISCONTINUO y en este caso tiene la obliagación de renunciar al contrato que tenia como eventual y firmar el de fijo discontinuo, sin embargo RR.HH lo que hace en estos casos es saltarse de la lista de eventuales a los fijos discontinuos en los contratos de larga duración, lo cual esta contraviniendo la misma normativa de Correos anteriormente expuesta, y como siempre los Sindicatos no dicen nada, de verdad que a estos sindicatos les van a dar un premio por ayuda a los trabajadores, y sobre todo a CSIF que lo esta bordando. vamos que se comete un tropelia contra los trabajadores y miran para otra parte, y luego repiten y reiteran que son la fuerza social de ayuda a los trabajadores, ver para creer.
Se da la circustancia que cualquier trabajador eventual trabaja mas tiempo mas meses que un trabajador fijo discontinuo, ver para creer tambien sindicatos, y sindicalistas, mejor dicho sin di ca listos y luego les pedis los votos para que vosotros sigais chupando del bote, teneis un morro que os lo pisais, sois unos fantasmas lo unico que os interesa es figurar y estar ahi, como siempre decimos bien comidos y bebidos.
Por supuesto que cuando se expuso todo esto se pusieron nerviosos y el Jefe de Correos lo unico que nos dijo, que efectivamente podiamos tener razon pero que el no veia a nadie acudir al Juagado para reclamar, pues Correos que era una empresa fuerte tenia el dinero suficiente para pagar la indennización de despido a quien se le ocurriera acudir a los tribunales.
Al Jefe de Correos se le cambio la cara de color cuando se le dijo que efectivamente se acudiria al Juzgado , que la demanda la firmaria el sindicato CSIF, que se reclamaria las indemnizaciones por despido improcedente a nivel nacional la de todos los fijos discontinuos no contratados en los 5 ultimos años en los periodos marcados por el propio Correos, pero a nivel NACIONAL, y que no podrian alegar asi despidos improcedente ni causa justa de despido, contra cualquier fijo discontinuo y que se enfrentaban a muchos millones de euros en indemnizaciones, sabeis el final que CSIF le entro miedo y no defendió a estos trabajadores que mas lo necesitan. Y SE LLAMAN DEFENSORES DE LOS TRABAJADORES. dedicaros a tra cosa como por ejemplo poner una fabrica de rabos de boina o algo parecido por que sindicalistas los que significa sindicalistas solo lo sois nombre. y MAÑANA UN POCO MAS A VER SI VOSOTROS TRABAJADORES DE CORREOS, APRENDEIS A DEFENDEROS SIN QUE INTERVENGAN ESTOS VIVIDORES SINDICALISTAS.
GRUPO DE AFILIADOS CABREADOS
El escrito mandado al Sindicato CSIF, por parte del responsable del Sector, denunciando estos hechos se trascribe literalmente, no se le hace caso para nada, entonces la pregunta es ¿que defiende este sindicato? ¿ a quien defiende este sindicato? desde luego a muchos de los trabajadores laborables no, y a los funcionatrios tampoco, entonces ¿para que sirve este sindicato en Correos,? parece que son afines la EMPRESA CORREOS y CSIF.
El escrito mandado al Sindicato CSIF, por parte del responsable del Sector, denunciando estos hechos se trascribe literalmente, no se le hace caso para nada, entonces la pregunta es ¿que defiende este sindicato? ¿ a quien defiende este sindicato? desde luego a muchos de los trabajadores laborables no, y a los funcionatrios tampoco, entonces ¿para que sirve este sindicato en Correos,? parece que son afines la EMPRESA CORREOS y CSIF.
Y ES COMO SIGUE, OBVIO QUE SE HA QUITADO EL NOMBRE A QUIEN VA DIRIGIDO:
En Salamanca a 4 de Noviembre del 2009
A la atención de ............
Asesoría Jurídica Correos Madrid
Te mando lo que hablamos por teléfono aunque se siguen haciendo averiguaciones sobre lo que esta pasando en Salamanca sobre los Contratos fijos-Discontinuos y Bolsa de empleo.
El Contrato fijo-discontinuo , es el contrato que atiende a la necesidad de trabajo de carácter intermitente o cíclico (en este caso de Correos) en intervalos temporales y dotados de una cierta homogeneidad, se distingue del contrato eventual, realización de obra servicio por la imprevisibilidad de la necesidad del trabajo, fuera de cualquier ciclo.
Se supone que el trabajador fijo-discontinuo es un trabajador fijo de la empresa.
Las normas de contratación de fijos discontinuos y segundo convenio de Correos, fija la forma de contratación del personal Fijo-discontinuo, en fechas aproximadas que van:
Campaña de Navidad, comprendido desde el día 1 de Diciembre al día 5de Enero.
Campaña de verano, comprendido entre el día 15 de junio y 30 de Septiembre.
Lógicamente en estos periodos que son cíclicos y reconocidos por norma y convenio, tienen que estar contratados todos los trabajadores fijos discontinuos que están en la lista preceptiva reconocida por Correos.
En Salamanca y me imagino que sea la táctica de muchas otras provincias, RR.HH se dan los siguientes hechos:
1º.- RR.HH Salamanca confunde a los trabajadores fijos-discontinuos con trabajadores eventuales (Trabajadores de la Bolsa de Empleo.
2º.- Los trabajadores fijos discontinuos, constan en una lista en RR.HH, pero a la vez y nada se lo impide y así lo reconoce Correos, pueden estar también en la bolsa de empleo de Correos.
3º.- RR.HH de Salamanca al menos en determinadas ocasiones, contratando como es de recibo a los trabajadores de las bolsas de empleo, si el trabajador que por orden es trabajador fijo-discontinuo y le toca un contrato abierto, por ejemplo el 27 de mayo sale un contrato abierto por una baja de larga duración, no lo contratan aduciendo que como es trabajador fijo y se puede montar ese contrato de la bolsa, con el periodo que lo tienen que contratar, (verano 15 junio y 30 Septiembre) no se le realiza el contrato y pasan al siguiente de la bolsa que no es trabajador fijo discontinuo.
Sin embargo se ha dado la circunstancia contraria, en la que tres trabajadores que son fijos discontinuos que tienen contrato de la bolsa de empleo, terminan el contrato el día 31 de Octubre, y en la que RR.HH incumpliendo lo dicho anteriormente y además su propia norma que no le pueden hacer contrato de bolsa, pues tienen que terminar los contratos de bolsa antes del día 15 de noviembre en la que tienen que estar libres, ( es incierto porque la norma de Correos establece que si tienen contrato en vigor de la bolsa de empleo y son fijos-discontinuos decaerán en su contrato actual para realizar el de contratación fija-discontinua, sin embargo se da la circunstancia contraria en estos momentos incumpliendo Correos su propia norma, contrata a estos trabajadores con contratos de la bolsa de empleo, siendo fijos discontinuos y duración que sepamos uno de ellos hasta el 31 de enero, con lo cual se montan las fechas de contratación.
4º.- En el periodo de Navidad de 2008, por estas circunstancias u otras análogas, de la lista de trabajadores fijos discontinuos que era de 18, según RR.HH de Salamanca contrato menos de 10 trabajadores fijos discontinuos en esas fechas y sin embargo siguió contratando a trabajadores de la bolsa de empleo, ¿como se puede entender todo esto? ¿Cualquier Juzgado de los social no declararía esto como despido improcedente? Yo creo que si .
5º.- Que habiendo listas de fijos discontinuos por una parte y Bolsas de empleo por otra en la que suelen confluír también los trabajadores fijos discontinuos, siempre se esta dando los contratos abiertos que suelen ser de mayor duración a las mismas personas dándose la circunstancia que un trabajadores de Correos con 12 años en bolsas de empleo no tienen aun un trienio y trabajador de la bolsa de empleo que lleva 4 años ya ha cumplido un trienio.
Estas practicas de RR.HH de Salamanca es a todas luces ilegal y si no esta, esta rayando el fraude ley.
Si no entiendes algo te lo explico ya que lo estoy haciendo directamente de la cabeza quedan muchas cosas en el tintero pero para trabajar en principio creo que es suficiente.
CSIF Correos Salamanca
1 comentario:
ESCRITO DIRIGIDO AL SINDICATO CSIF MADRID, ASESORIA JURIDICA, PARA QUE TOME CARTAS EN EL ASUNTO, SOBRE LOS HECHOS ILEGALES QUE ESTAN OCURRIENDO EN ESTE CASO EN SALAMANCA CON LOS FIJOS DISCONTINUOS, BOLSAS, SI ESTO SE MULTIPLICARA POR TODOS LAS INDEMNIZACIONES QUE TENDRIA QUE PAGAR CORREOS POR DESPIDO IMPROCEDENTE FIJAROS QUE CANTIDAD DE DINERO LE ADEUDAN A LOS TRABAJADORES, CSIF NO SE ATREVIO A DENUNCIAR TODO ESTO. ASI LE VA .
Publicar un comentario