Como buenos españoles, los negocios y demás cuestiones se arreglaban en la barra de un bar., antes fumando, bebiendo unas cañitas y por supuesto debatiendo y hablando, y ahora solo hablando, porque ya ni fumar nos dejan y el bolsillo no da para mas, así que dándole a la húmeda que de momento es gratis .
Pues bien, en esa conversación salió a colación el tema de las prejubilaciones en Correos, y claro un contertulio prejubilado ya de Correos del año 2004, es decir de los primero de los que solo podían pedir la indemnización por excedencia incentivada (prejubilación a partir de ahora ) si su puesto estaba amortizado pero que después por ende de estos grandes negociadores sindicales de lo ajeno hicieron el “totum revolutum” y metieron en cinta a todo el que pedía, la unión Csif-Ccoo daba sus resultados.
Pues bien este prejubilado antiguo había recurrido ante los Tribunales de Justicia el pago a la Agencia Tributaria en base de que no tenia que pagar nada de esa indemnización recibida por Correos o por lo menos pagar lo justo pues de lo que se trataba era de vivir un par de años con ese dinero y si la Agencia tributaria le quitaba hasta un 30% no merecía la pena prejubilarse. Con ese dato nos pusimos a investigar el porque del pago tan alto de esa indemnización, pensando que han hecho los prejubilados, ya que habíamos puesto en cuarentena lo que este jubilado nos dijo de la razón por que tenia que pagar.
Pues bien, el pago de la indemnización y el impuesto que tiene que pagar los que quieren prejubilarse en Correos, simplemente esta en la razón de su tratamiento “Jurídico-Fiscal”, si la indemnización que se recibe se cataloga como “renta irregular“ o bien recibe el tratamiento de “ rentas del trabajo” derivando de ello el mayor pago o no de impuesto por esa indemnización.
Vamos a tratar de explicarlo:
El acuerdo del pago de la indemnización por prejubilación en Correos. Es un acuerdo “consensuado” entre la entidad empleadora y el trabajador, del que surgen, por su virtud y en ese mismo momento, obligaciones económicas a cargo de la entidad empleadoras es decir Correos, pero a cambio de la extinción de la relación laboral, por lo que los derechos económicos derivados de dicha extinción pactada de mutuo acuerdo, no se ha ido consolidando durante el tiempo que la relación laboral duró, ni por tanto dicha indemnización se cuantifica directamente sobre dicho parámetro, si no que nace “ex novo” a raíz del acuerdo realizado entre las partes para llevar a cabo dicha extinción de la relación laboral, por lo que se pacta junto a la extinción de la relación laboral, simplemente el abono de una renta mensual en concepto de pensión, a las que se debía practicar la retención reglamentaria prevista en la ley IRPF.
En consecuencia, los importes anuales que percibe el trabajador como consecuencia del “contrato de prejubilación” no están comprendidos en ningún supuesto de exención, ni tienen la consideración de “renta irregular”, pues la situación del trabajador prejubilado es similar a la existente de cuando estaba en activo, ya que durante el periodo de prejubilación sigue percibiendo rentas mensuales (aunque las haya recibido en un solo pago) sin que por tanto la progresividad del impuesto le perjudique, ni opere de forma distinta a como lo hacia anteriormente, de donde se infiere, en conclusión que a tenor de lo expuesto, los importes anuales que percibe el trabajador prejubilado como consecuencia del contrato de prejubilación no puede ser objeto de la reducción del 30% prevista en el Art. 17 de la ley IRPF y por lo tanto debe integrarse como rentas del trabajo íntegramente que sea al 4%, al 6%, 8% , 12% etc nunca al 30%.
Y como se llega a esto que el trabajador pague el 30% de su indemnización recibida excedencia incentivada voluntaria, pues muy fácil:
Estos sindicatos negociadores de lo ajeno, catedráticas del saber, ni se enteran ni se quieren enterar, simplemente mandan a negociar a un personal no cualificado, o bien que se achanta a lo que la empresa Correos diga , creemos que las dos causas y por tanto engañan a todo el personal que dicen representar, por su incultura y lo muchos años de Universidad que tienen casi todos, digo Universidad, cuando muchos no tienen mas que el graduado escolar si es que lo tienen y ahí los tienes negociando el dinero y la vida de los demás , tendrán vergüenza ajena , pues ni la tienen ni tienen quien se la ponga, ellos a lo suyo que de otra forma no van a vivir mejor y los trabajadores agarrándose a estos impresentables por que no tienen mas remedio, y por supuesto si éramos pocos parió la abuela se unen para tener una mayoría y que nadie les moleste en sus decisiones y firmas con la empresa Correos, verdad CSIF_CCOO.
Meteros en la cabeza CSIF-CC.OO que los trabajadores de Correos prejubilados o llamarlos como queráis, pero en definitiva es eso prejubilados, no han realizado una plantación de árboles hace 36 años y ahora los vende para que sean rentas irregulares es un pacto que hacen con unas circunstancias definidas y que se dan en el mismo momento en que se firma, por lo tanto la indemnización es renta de trabajo y dejar de jugar con el dinero de los demás SEGUIS SIN TENER VERGÜENZA DEJAR DE JUGAR Y APRENDER UN POQUITO NO PONGAIS AMIGUETES PARA NEGOCIAR SE NECESITAN PERSONAS QUE SEPAN, y si no como en otros colectivos en estos mismo caso habéis negociado que son rentas del trabajo y no tiene esa imposición del 30% es que no sabéis negociar por incultos o nos estáis tomando el pelo. Y SI QUEREIS ARGUMENTAMOS UN POCO MAS QUE A LO MEJOR NOS HEMOS QUEDADO ESCASOS.
Al final el compañero de tertulia prejubilado, coincide con lo que hemos visto nosotros,nos remite a la primera información que nos dio su Señoria no le da la razon y tiene que pagar la indemnizacin, pues segun el los sindicatos negociaron y firmaron, no como renta del trabajo la indemnización si no como renta irregular con tipo impositivo a partir del 30% y sin entrar en la mierda de indemnizacion que han negociado es ridicula son unos vendidos, no tienen verguenza, ver para creer en estos adlateres sindicalistas.
Al final el compañero de tertulia prejubilado, coincide con lo que hemos visto nosotros,nos remite a la primera información que nos dio su Señoria no le da la razon y tiene que pagar la indemnizacin, pues segun el los sindicatos negociaron y firmaron, no como renta del trabajo la indemnización si no como renta irregular con tipo impositivo a partir del 30% y sin entrar en la mierda de indemnizacion que han negociado es ridicula son unos vendidos, no tienen verguenza, ver para creer en estos adlateres sindicalistas.
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